Claro
10) ¿En caso decida cambiar de operador móvil, donde y ante quién presento mi solicitud de portabilidad?
  • En caso decida cambiar de operador móvil, la solicitud de portabilidad se presenta en las oficinas o centros de atención de la empresa de telefonía móvil con la que deseas contratar.
11) ¿Quién puede solicitar la portabilidad del número telefónico?
  • La portabilidad debe ser solicitada por el abonado del servicio móvil contratado.
12) ¿Cuál será el costo para el abonado por ejercer el derecho a la portabilidad de su número telefónico?
  • El trámite para solicitar la portabilidad es gratuito para el abonado; sin embargo el abonado deberá asumir el costo por la adquisición del nuevo Sim Card y, en caso lo decida o sea necesario, el costo por la adquisición de un nuevo equipo terminal que sea compatible con la red del concesionario al cual desea cambiarse.
13) ¿Cuál es el trámite a seguir y los requisitos que debo presentar?
  • Se debe presentar la solicitud de portabilidad por escrito ante el concesionario que se desea contratar (concesionario receptor), junto con la documentación correspondiente, que puede variar por cada tipo de abonado. El formato de solicitud de portabilidad será proporcionado por el concesionario receptor al abonado a efectos de que llene sus datos.
  • A dicho formato el abonado deberá adjuntar copia de su documento legal de identificación. Si el abonado actúa mediante representante se deberá adjuntar copia del documento legal de identificación del representante y poder con firma legalizada ante notario público. Si el abonado es una persona jurídica se deberá adjuntar copia del documento legal de identificación del representante y el certificado de vigencia de poderes donde conste el poder otorgado.
  • Sólo en el caso de abonados postpago, al formato de portabilidad se deberá adjuntar además: (i) copia del último recibo entregado por el concesionario que se quiere dejar y (ii) copia de la constancia de pago del recibo anteriormente mencionado.
  • Si a la fecha de la solicitud de portabilidad el abonado tiene deuda vencida garantizada o deuda vencida reclamada, el formato de portabilidad contendrá la declaración jurada respectiva.
14) ¿Cuánto dura el trámite de portabilidad numérica?
  • El trámite dura como máximo nueve (9) días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de solicitud de portabilidad. A partir del 02 de julio de 2010 el plazo máximo será siete (7) días hábiles.
  • Este plazo puede extenderse si la solicitud de portabilidad es presentada en zonas alejadas de acuerdo a las reglas de término de la distancia.
15) ¿Me quedaré sin servicio mientras dure el trámite de la portabilidad numérica?
  • El abonado que solicita la portabilidad siempre tendrá habilitado el servicio, salvo en el momento en que se produzca el cambio. Este periodo sin servicio durará como máximo 3 horas, entre las 0:00 hrs. y las 6:00 hrs. de la fecha programada para la ejecución de la portabilidad numérica.
16) ¿Cómo voy a saber que mi número ya fue portado a la nueva empresa?
  • La empresa operadora a la que el abonado se ha cambiado tiene la obligación de informarle la fecha y hora a partir de la cual podrá hacer uso de su servicio móvil.
17) ¿La solicitud de portabilidad puede ser rechazada?
  • Sí, sólo en estos casos:
    a. Ya existe una solicitud de portabilidad previa en trámite.
    b. Todavía no se cumple el plazo mínimo (2 meses) para volver a solicitar la portabilidad numérica.
    c. El número móvil declarado en la solicitud no corresponde a la empresa operadora móvil que se quiere dejar (Concesionario Cedente).
    d. En la solicitud se indicó que el número era prepago, siendo postpago o control o viceversa.
    e. El abonado prepago no aparece en el Registro de la empresa operadora móvil que se quiere dejar (Concesionario Cedente) o el número de identidad no corresponde con el que figura en el Registro.
    f. El abonado tiene deuda pendiente no garantizada ni reclamada.
    g. El abonado tiene el servicio suspendido por deuda, por mandato judicial, por declaración de insolvencia o por uso indebido.
    h. Ya transcurrieron más de treinta (30) días calendario desde que el abonado terminó su relación contractual con la empresa operadora móvil que quiere dejar (Concesionario Cedente). El Concesionario Receptor deberá comunicar al abonado el rechazo de su solicitud de portabilidad a más tardar al día hábil siguiente de recibida la comunicación del Administrador de la Base de Datos Centralizada Principal, mediante cualquier mecanismo que deje constancia de su recepción.
18) ¿Cuándo la empresa operadora puede negarse a aceptar la solicitud de portabilidad numérica?
  • Sólo podrá negarse: (i) si la persona que solicita la portabilidad no es titular del servicio, (ii) si tiene deuda exigible a la fecha de presentación de la solicitud de portabilidad la misma que no está garantizada ni reclamada, (iii) si tiene el servicio suspendido por mandato judicial, por deuda, por declaración de insolvencia o por uso indebido, (iv) si el abonado no cumple con los requisitos de contratación establecidos para el plan tarifario escogido.
19) ¿Puedo requerir una fecha especial para que se habilite la portabilidad de mi número móvil?
  • No se puede, a partir de la fecha de presentación de la solicitud de portabilidad, existe un plazo máximo para la ejecución de la portabilidad y los procesos son automáticos.
20) ¿El usuario puede desistir del pedido de portabilidad?
  • Presentada la solicitud de portabilidad el abonado no se puede desistir de este procedimiento.
21) ¿Qué función cumple el OSIPTEL con relación a la portabilidad numérica?
  • El OSIPTEL supervisará cada una de las etapas del procedimiento de portabilidad, a efecto de velar que se cumpla con lo plazos y la normativa vigente.
Si quieres conocer el estado de tu solicitud de Portabilidad infórmate al 0-800-007-30 o al 610-0730
Facebook
Twitter
Hi5
Youtube
Flickr