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Protocolo para el ingreso de mascotas a los CACs.
(Solo perros, gatos, conejos y hamsters)
- 1. El Personal de seguridad, como primer punto de verificación, revisará que el cliente y su mascota, exclusivo para perros, gatos, conejos y hamsters cumplan con las indicaciones dadas antes de ingresar al Centro de Atención, caso contrario no se les permitirá el acceso
- 2. La mascota permitida para el ingreso deberá contar con identificación visible y que se encuentre en buenas condiciones de salud.
- 3. El propietario deberá portar la cartilla de vacunación al día.
- 4. La mascota deberá llevar arnés / collar y una correa cuya extensión y resistencia sea suficiente para su control y tamaño, debiendo estar sujeta a la mano de su dueño durante toda la visita al Centro de Atención.
- 5. El ingreso permitido será: máximo un (01) perro de raza grande o dos (02) mascotas medianas podría ser (1) perro y (1) gato los cuales deberán estar a cargo de un adulto.
Para conejos y hámster preferiblemente traerlos dentro de un cesto o jaula donde no se pueda escapar la mascota, ya que el local no se responsabilizará por la pérdida de la mascota.
- 6. No está permitido dejar la custodia de la mascota con un menor de edad o adulto mayor.
- 7. El dueño de la mascota deberá encargarse de recoger las excretas de su mascota y desecharlas en el tacho asignado exclusivo para mascotas.
- 8. El cliente que ingrese con su mascota deberá respetar el espacio, distanciamiento y tranquilidad de los demás clientes, personas y mascotas en el local. No está permitido acercarse o tener contacto con las mascotas de otros clientes sin el permiso explícito de los dueños.
- 9. No se permitirá que la mascota pueda subir algún inmueble como sillas.
- 10. Para mantener nuestros espacios limpios y ordenados, no está permitido alimentar a las mascotas dentro del local.
- 11. Antes de retirarse del Centro de Atención, el cliente deberá asegurarse que todos los espacios utilizados por su mascota queden limpios y en buenas condiciones.
- 12. Posteriormente se coordinará con el personal de limpieza la desinfección del espacio afectado con el fin de preservar un ambiente seguro.
- 13. Base Legal Aplicable: General:
a) Ley Nº 27596 - La presente Ley tiene por finalidad establecer el régimen jurídico que regulará la crianza, adiestramiento, comercialización, tenencia y transferencia de canes, especialmente aquellos considerados potencialmente peligrosos, dentro del territorio nacional, con la finalidad de salvaguardar la integridad, salud y tranquilidad de las personas.
b) Decreto Supremo N° 006-2002-SA. Reglamento de la Ley que regula el régimen jurídico de canes.
c) Resolución Ministerial N° 1776-2002-SA-DM Relación de razas de canes potencialmente peligrosos; los perros de las siguientes razas deberán ingresar y permanecer con bozal en todo momento:
Pit Bull Terrier, Dogo Argentino, Fila Brasilero, Tosa Japonesa, Bul Mastiff, Doberman y Rotweller, para garantizar la seguridad de los demás clientes y sus perros.
- 14. La mascota permanecerá junto a su dueño en todo momento siendo una persona mayor de edad, quedando prohibido dejarla atada a cualquier zona u objeto dentro del local. El abandono de animales domésticos está prohibido según lo dispuesto en la Ley N°30407: Ley de protección y bienestar animal.
- 15. De presentarse un accidente con daños a la integridad física de una persona y/o mascota: El dueño de la mascota que ocasionó el accidente prestará el auxilio y socorro a la víctima y, si fuera necesario, la llevará a un centro médico para su atención. Así mismo, pagará los gastos que demande su atención independientemente de la investigación que corresponda.